El mostrador, Felipe Ossandon……
El pasado 9 de diciembre, los trabajadores de la Funeraria del Hogar de Cristo, iniciaban una huelga legal, en el contexto de una compleja negociación colectiva destinada a establecer un nuevo contrato colectivo.
Una negociación marcada por la negativa de la empresa a asumir extender los beneficios de los que gozaban los antiguos socios del sindicato a todos y todas quienes se habían incorporado en el intertanto a la negociación. Asimismo, por el rechazo de la Funeraria a escriturar de forma clara en el contrato colectivo la remuneración variable que, en el caso de los vendedores de servicios funerarios puede alcanzar hasta el 80% de su remuneración.
Nada nuevo ni distinto a muchas otras negociaciones colectivas en Chile, salvo por la peculiaridad de que, tal y como señala en su sitio web, “…la Funeraria pertenece íntegramente a la Fundación Hogar de Cristo y como tal, es un eslabón más de esta cadena nacional de solidaridad.” En efecto, la Funeraria del Hogar de Cristo es de propiedad de la Fundación más importante de la Compañía de Jesús en Chile. A tal llega el vínculo, que en el propio Directorio de la Funeraria participa el Sacerdote Jesuita Pablo Walker, Capellán del Hogar.
La magistrada Barrientos hace mención a la “estrecha relación” entre la Funeraria y la empresa Trans Paz, suministradora del personal que efectuó el remplazo y que normalmente realiza tareas propias de la Funeraria en condiciones laborales de mayor precariedad que los trabajadores propios.
Sin embargo, la conducta de la empresa en la negociación, estuvo lejos de lo que se espera de una “cadena nacional de solidaridad”. Más allá de las naturales diferencias de posiciones que surgen en estos casos, la administración, encabezada por Andrés Ferretti Rodríguez, obstaculizó las negociaciones, emitió comunicaciones directas a los trabajadores destinadas a confundirlos en su proceso de toma de decisiones y desarrolló una activa campaña de reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, sin tener derecho a ello, de acuerdo a nuestro ordenamiento.
El telón de fondo, sin duda, es la extendida convicción de nuestro empresariado, a la que no escapan los discípulos dilectos del Padre Hurtado, de que la organización de los trabajadores no es un interlocutor válido que merezca respeto en el marco de la negociación.
Durante todo el proceso, la Funeraria del Hogar de Cristo desarrolló un extenso conjunto de prácticas antisindicales, entre ellas las señaladas, destinadas a debilitar a un Sindicato que agrupa a más del 80% de sus trabajadores en todo el país. Al mismo tiempo, interrumpió sistemáticamente el proceso y se negó a acercar posiciones, lo que llevó a que la propia Dirección del Trabajo tuviese que invitar a la empresa a sentarse en la mesa.
En este contexto de presiones e ilegalidades cometidas por la administración de Andrés Ferretti, la huelga legal se extendió entre el 9 de diciembre de 2011 y el 4 de enero de 2012, debiendo los trabajadores y sus familias enfrentar la Navidad y el Año Nuevo movilizados, en la calle y sin sueldo. De hecho, el Sindicato realizó una misa de campaña el 24 de diciembre en las puertas de la empresa, para poder conmemorar la Navidad con sus familias. La Funeraria del Hogar de Cristo nunca estuvo dispuesta a compensar la pérdida económica que sus trabajadores y sus familias sufrieron en un período tan sensible como ese.
Finalmente, los trabajadores decidieron terminar la huelga y se generaron condiciones básicas de acuerdo con la empresa. Sin embargo, el Sindicato y la Dirección del Trabajo decidieron perseguir las responsabilidades respecto de las ilegalidades cometidas por la Funeraria del Hogar de Cristo en el contexto de la negociación.
En estos días dichos esfuerzos han dado frutos, mediante dos contundentes fallos. El primero, emitido por el magistrado David Gómez Palma del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condena a la Funeraria por haber “incurrido en actos lesivos a la libertad sindical”, en todo lo relativo a las comunicaciones que ésta desarrolló a fin de confundir a los trabajadores durante el proceso negocial. El segundo, emitido por la magistrada Elsa Barrientos Guerrero, del 1° Juzgado, constata que la empresa “ha incurrido en vulneración grave de la libertad sindical, tanto respecto del Sindicato de Trabajadores de la empresa Funeraria del Hogar de Cristo Limitada, como de los socios participantes en el proceso de negociación colectiva, en atención al remplazo de trabajadores a través de terceros, infringiendo la ley, y convenciones internacionales sobre la materia”. Asimismo, la magistrada Barrientos hace mención a la “estrecha relación” entre la Funeraria y la empresa Trans Paz, suministradora del personal que efectuó el remplazo y que normalmente realiza tareas propias de la Funeraria en condiciones laborales de mayor precariedad que los trabajadores propios.
Se avanza, entonces, en ir confirmando la ilegalidad de las prácticas de una empresa que, en su publicidad, siempre junto a la imagen de Alberto Hurtado, señala que su objetivo es que “todas las personas, aún después de su muerte, sean tratadas con respeto y dignidad.”. Respeto y dignidad que no alcanzan, al parecer, para sus propios trabajadores.
Quizás sea hora de que la Compañía de Jesús y la “cadena nacional de solidaridad” revisen la forma en que se relacionan con quienes hacen posible su labor.
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